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miércoles, 3 de diciembre de 2025 El Gobierno amplía los plazos para adaptar los sistemas de facturación electrónica

El Real Decreto-ley 15/2025, publicado el 2 de diciembre, introduce cambios significativos en los plazos para la adaptación de los sistemas informáticos de facturación regulados por el RD 1007/2023. La medida afecta a empresas, autónomos y proveedores de software, ampliando los tiempos disponibles para cumplir con los requisitos técnicos y de trazabilidad exigidos por la Agencia Tributaria.

Según la nueva normativa, los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán tener sus sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027, mientras que los autónomos y pymes dispondrán hasta el 1 de julio de 2027. Por su parte, los proveedores de software cuentan con un plazo máximo de 9 meses desde la entrada en vigor de la Orden ministerial HAC/1177/2024 para actualizar sus productos y garantizar que sus clientes puedan cumplir con la normativa en los plazos establecidos.

Además, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) pondrá a disposición un servicio para la recepción de registros de facturación verificables dentro de este mismo periodo, con el objetivo de facilitar una transición ordenada y segura para todos los obligados.

Esta ampliación de plazos busca dar tiempo suficiente a las empresas para adaptar sus sistemas sin afectar a la operativa diaria, evitando problemas en la facturación y asegurando la trazabilidad de todos los documentos.



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