Normativa y subvenciones


viernes, 18 de agosto de 2017 DOG: BASES DE LAS SUBVENCIONES A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE INSERCIÓN LABORAL DIRIGIDOS A MUJERES EN SITUACIÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO

RESOLUCIÓN de 7 de agosto de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases que regirán la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de inserción laboral dirigidos a mujeres en situación de violencia de género en la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciada por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para los años 2017 y 2018.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Podrán ser destinatarias de las subvenciones para el desarrollo de las actuaciones reguladas en esta convocatoria las entidades sin ánimo de lucro que cumplan las obligaciones y requisitos exigidos en esta resolución, y de forma particular deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Carecer de ánimo de lucro.
b) Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.
c) No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en dichas circunstancias se realizará mediante declaración responsable de la persona representante de la entidad.
d) Cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la normativa general de subvenciones.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Abierto hasta el 19 de agosto de 2017.
Período de vigencia
19/08/2017  - 19/09/2017