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miércoles, 20 de mayo de 2020 El BOE publica las normas por las que se establece el uso obligatorio de la mascarilla

Hoy, miércoles 20 de mayo, ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden SND/422/2020 de 19 de mayo,  por la que se establece el uso obligatorio de la mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

El artículo 2 establece los sujetos obligados a llevar mascarilla:

  1. Quedan obligados al uso de mascarillas en los espacios señalados en el artículo 3 las personas de seis años en adelante.

Siendo no exigible en los siguientes casos:

   a. Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.

   b. Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

    c. Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla.

    d. Causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 


Los espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla (Artículo 3):

El uso de mascarilla será obligatorio en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Está orden se mantendrá vigente hasta que dure el estado de alarma y sus posibles prórrogas.





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BOE, 20 de mayo de 2020