Normativa y subvenciones


lunes, 25 de septiembre de 2017 IGAPE: BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS PARA EL DESARROLLO DEL PLAN FOEXGA 2017-2018

RESOLUCIÓN de 15 de septiembre de 2017 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo del Plan Foexga 2017-2018, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS:
Las empresas que cumplan los siguientes requisitos:
- Que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento nº 651/2014 de la Comisión, incluidas las pymes con objeto social destinado a la prestación de servicios técnicos, comerciales o logísticos.
- Que tengan algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización deberá realizarse antes de la finalización del plazo de fin de ejecución de la actuación, a través del procedimiento del Igape IG192.
- Las beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social y no ser consideradas empresas en crisis. A estos efectos de empresa en crisis, conviene tener en cuenta la definición de empresa en crisis que para las pymes aparece en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento nº 651/2014 de la Comisión. También deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, para ser beneficiario de la ayuda, y cumplir las obligaciones del artículo 11 de la citada Ley de subvenciones.
- Que cumplan la normativa de ayudas de minimis según lo previsto en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013), para las empresas del sector pesquero en el Reglamento (CE) nº 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la UE a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura (DOUE L 190, de 28.6.2014), y para las empresas del sector agrícola en el Reglamento 1408/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013).

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Abierto hasta el 31 de octubre de 2017.
Período de vigencia
02/10/2017  - 31/10/2017